PLAN ESPECIAL DE LA CIUDAD UNIVERSITARIA
El 26 noviembre de 1999, la Comisión de Gobierno del
Ayuntamiento de Madrid aprobó en su etapa inicial el Plan Especial de la Ciudad
Universitaria, abriéndose a partir del 15 de diciembre el preceptivo periodo de
información pública, durante el cual se presentaron 37 alegaciones, de muy
distinto contenido si bien cabe agruparlas en tres bloques:
- Las presentadas por Facultades y/o Universidades: por lo general hacen
hincapié en la necesidad de nuevas instalaciones y/o ampliación de las
existentes.
- Las presentadas por "otros organismos" con centros en la Ciudad
Universitaria (CIEMAT, CSD…): demandan una mayor "autonomía"
respecto al conjunto de la Ciudad Universitaria y que el Plan no contemple
como "deseable" su recuperación para uso universitario.
- Las presentadas por asociaciones, colectivos, partidos políticos...: En
ellas se demanda una mayor atención a la protección y recuperación del
patrimonio histórico-monumental (edificios...), al paisaje, al medio
ambiente, a los peatones, al transporte público, a la relación de la
Ciudad Universitaria con el entorno... juzgándose "excesiva" la
edificabilidad prevista con los fines señalados.
Si bien el Plan aprobado definitivamente en el año 2000
recoge varias de las alegaciones presentadas, habiéndose suavizado alguno de
los aspectos más agresivos del Plan inicial (Campus Norte, gasolineras,
espacios libres y zonas verdes, protección del patrimonio…), el resultado
final sigue presentando serias insuficiencias e introduce serias dudas sobre el
sentido final del mismo. Entre otras cabe señalar:
- Incremento de 18.004 m2 en la edificabilidad autorizada: ésta pasa de
189.000 m2 a 207.004 m2. Este aumento se justifica por la inclusión del
Colegio de Huérfanos Ferroviarios en el ámbito sujeto a Plan Especial que
el Plan General no había incluido. Así, la superficie del ámbito aumenta
en 200.000 m2, pasando de 4.118.400 m2 a 4.318.400 m2. Este incremento de la
edificabilidad permite "satisfacer", contentando en parte, las
demandas de ampliación de los centros universitarios, repartiéndose
"a la carta".
- El Plan presenta un carácter fragmentado perdiéndose la visión de
conjunto y su relación con la ciudad, así como con el entorno natural del
que forma parte. La protección de edificios o espacios públicos
"singulares" no determina la protección del conjunto.
- El Plan Especial sigue sin contemplar las áreas de afección señaladas
en el documento por el que la Comunidad de Madrid declara la Ciudad
Universitaria como Bien de Interés Cultural (BIC): Dehesa de la Villa, Club
Puerta de Hierro, ribera del Manzanares... Ello nos plantea serias dudas
sobre la adecuación del Plan Especial, en los términos en que se presenta,
a las determinaciones señaladas en la declaración de BIC.
- Se mantienen los usos no docentes o que no sean de acceso público. El
caso del CIEMAT, al que se autoriza aumentar su edificabilidad en 8.165 m2
resulta ilustrativo.
- No se introducen medidas para la reducción efectiva del tráfico rodado
de vehículos a motor.